La conviviente, ¿tiene derecho a la porción conyugal?
En caso de fallecimiento de su pareja, con quien convivía, ¿tiene derecho a la porción conyugal en su herencia? Usted sí tiene derecho a la porción conyugal. Pero claro, el derecho existe cuando se cumplan dos requisitos: Primero, que usted haya tenido una Unión de Hecho con la persona fallecida; es decir que haya sido su conviviente. Para que la unión de hecho sea reconocida por la ley, los convivientes no deben estar casados con una tercera persona. Y…